KrokFin

Buscar en el sitio

Encuentra un artículo, una calculadora o un término y ábrelo directamente.

Calculadora de actualización por IPC

Leer artículo

Índices de precios: Instituto Nacional de Estadística (INE, www.ine.es), índice de precios de consumo (IPC), índice general nacional. Último mes con datos: septiembre de 2026

Qué calcula la calculadora de actualización por IPC

Muchos importes se pactan una vez y se pagan durante años: la renta de un local, una pensión de alimentos, una renta vitalicia. Para que no pierdan valor con la inflación, el contrato o la sentencia incluye a menudo una cláusula de actualización: el importe cambia en la misma proporción que un índice de precios entre dos fechas, entero o solo en parte.

Esta calculadora hace la cuenta que hay detrás de esa cláusula. Escribes un importe, un mes de referencia y un mes de actualización, y obtienes el importe actualizado según el índice oficial de precios de consumo. Por defecto usa el índice de precios de consumo (IPC) general nacional del Instituto Nacional de Estadística (INE), sin desestacionalizar, con datos mensuales desde enero de 2002. También puedes elegir Alemania, Francia, Italia, Estados Unidos o Ucrania; entonces la calculadora cambia al índice nacional y a la moneda de ese país. Los datos van incluidos en la página, el cálculo se hace en tu navegador y nada de lo que escribes se envía a ningún sitio.

El resultado es una cifra, no una valoración jurídica. La calculadora no conoce tu contrato, con sus topes, sus fechas o su redondeo, ni comprueba si la cláusula es válida. Tampoco incluye el índice que hoy limita la actualización del alquiler de vivienda, el IRAV; más abajo se explica por qué eso importa.

En esta guía:

  • cómo rellenar los campos y leer los resultados
  • la fórmula y por qué el mes de referencia pesa tanto
  • qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el alquiler de vivienda y el IRAV
  • cómo se actualizan locales, rentas entre particulares y pensiones
  • actualización parcial, topes y bajadas de precios
  • qué índice cita tu contrato, ejemplos resueltos, errores frecuentes y límites

Si antes quieres entender por qué el dinero pierde valor, empieza por el artículo sobre la inflación y por qué el dinero pierde valor.

Cómo usar la calculadora

La zona «Tus cifras» tiene cinco filas.

  1. País. España viene marcada por defecto. Si cambias de país, cambian el índice, los meses disponibles y la moneda, y se borra un escenario fijado, porque euros y dólares no se comparan directamente.
  2. Importe. La cantidad que quieres actualizar: una renta mensual, una pensión, una cuota anual. Por defecto son 1000 €. El deslizador llega a 100.000 € y puedes escribir hasta un billón. En el móvil el campo tiene botones de menos y más.
  3. Mes de referencia. El mes cuyo índice sirve de punto de partida, elegido en una lista de meses y otra de años. La nota bajo el campo indica el primer mes disponible.
  4. Mes de actualización. El mes al que llevas el importe. No puede ser anterior al de referencia. La nota indica el último mes disponible.
  5. Parte de la variación aplicada. Qué parte de la variación del índice traslada el contrato. Escribe un valor del 0 % al 100 %, mueve el deslizador o usa los botones 100 % y 75 %.

Al abrirse, la calculadora muestra los últimos doce meses. Con datos hasta septiembre de 2026, eso es 1000 € de septiembre de 2025 actualizados a septiembre de 2026: 1049,16 €.

Cómo leer los resultados

La cifra principal es el importe actualizado, con una frase que dice qué se ha calculado, por ejemplo «1000,00 € de septiembre de 2025, actualizados a septiembre de 2026». Debajo aparecen cuatro datos:

  • Variación del índice: cuánto ha subido o bajado el índice entre los dos meses, en el ejemplo +4,9 %;
  • Variación aplicada: la variación del índice multiplicada por tu parte. Con el 100 % coincide con la del índice; con el 75 % es +3,7 %;
  • Diferencia de importe: lo que separa el importe actualizado del inicial, aquí +49,16 €;
  • Meses del periodo: los meses que hay entre el de referencia y el de actualización, aquí 12.

Más abajo hay dos pestañas. Gráfico dibuja el importe actualizado mes a mes, con una línea de puntos para el importe inicial. Por años divide el periodo en años naturales: meses, variación del índice en ese tramo, variación desde el mes de referencia e importe actualizado al final del tramo. En el ejemplo, la primera fila, de septiembre a diciembre de 2025, muestra +1,2 % y 1012,29 €; la segunda, de diciembre de 2025 a septiembre de 2026, +3,6 % y +4,9 % desde el mes de referencia.

Los avisos aparecen bajo los datos cuando importan: si los precios han bajado y, siempre, el recordatorio de que tu contrato puede citar otro índice. La línea bajo la calculadora indica el último mes con datos y la fuente. Fijar para comparar guarda el resultado actual para que, al cambiar algo, la cifra principal muestre la diferencia. PDF guarda datos, resultados y la tabla por años, y Restablecer vuelve a los valores iniciales. En el móvil y la tableta el resultado queda en una barra al pie de la pantalla; «Detalles» abre los datos y las pestañas.

La fórmula

Una cláusula de actualización compara dos valores del mismo índice de precios. Su cociente es la variación de los precios, y la parte pactada decide cuánto de esa variación llega al importe.

Variación del índice = IPC(mes de actualización) ÷ IPC(mes de referencia) − 1
Variación aplicada = Variación del índice × parte aplicada
Importe actualizado = Importe × (1 + variación aplicada)
  • La base del índice se anula en el cociente: que el IPC esté ahora en base 2025 = 100 no cambia el resultado;
  • con el 100 %, el importe actualizado es simplemente el importe multiplicado por el cociente de los dos índices;
  • si el índice baja, la variación es negativa y la calculadora la aplica tal cual.

En el ejemplo inicial, el IPC marcaba 100,059 en septiembre de 2025 y 104,978 en septiembre de 2026. El cociente es 1,04916: los precios subieron un 4,9 % y 1000 € pasan a 1049,16 €. Con una parte del 75 %, la variación aplicada es del 3,7 % y el importe, 1036,87 €.

La calculadora conserva todos los decimales del cociente y solo redondea al mostrar: los importes al céntimo y los porcentajes a un decimal. Muchas cartas de actualización redondean antes la variación, por ejemplo al 4,9 %, y entonces el resultado cambia unos céntimos; si es tu caso, rehaz la cuenta a mano con la cifra redondeada. Qué es un índice y por qué se expresa respecto a un valor base, con los índices bursátiles como ejemplo, lo explica el artículo Qué son los índices de mercado.

Elegir el mes de referencia y el mes de actualización

Los meses deciden el resultado más que cualquier otra cosa. La mayoría de las discrepancias en una actualización no vienen de la cuenta, sino de qué dos meses se comparan.

El mes de referencia es el del índice al que se refiere el importe. En la primera actualización suele ser el mes de la firma o el que fije el contrato; en las siguientes, el mes cuyo índice sirvió para la última actualización. No tiene por qué ser el mes del primer pago.

El mes de actualización es el del índice en el que se apoya el nuevo importe. El INE publica primero un indicador adelantado y, hacia mediados del mes siguiente, el dato definitivo: el IPC de septiembre de 2026 salió el 14 de octubre de 2026. Quien actualiza el 1 de octubre solo dispone del índice de agosto; quien lo hace a finales de octubre ya tiene el de septiembre. La calculadora solo usa índices definitivos. Para el alquiler de vivienda, el artículo 18 de la LAU toma como mes de referencia el del último índice publicado en la fecha de actualización, y muchas cláusulas de otros contratos siguen la misma lógica.

Un mes antes o después cambia el resultado. Para una renta de 1200 €, agosto de 2025 a agosto de 2026 da +4,3 % y 1251,34 €; septiembre a septiembre, +4,9 % y 1258,99 €. Las dos cuentas son correctas; responden a cláusulas distintas. Usa los meses que marcan el contrato y la última actualización, no el que hoy salga más favorable.

Las medias anuales son otra cosa. La inflación media de un año compara medias de doce meses, y la revalorización de las pensiones públicas usa la media de doce tasas interanuales. Esta calculadora compara siempre dos meses concretos.

Alquiler de vivienda: el artículo 18 de la LAU y el IRAV

Para el alquiler de vivienda, la regla está en el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En su redacción vigente dice, en resumen, lo siguiente:

  • Una vez al año y solo si se pactó. La renta solo puede actualizarla el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumple cada año de contrato y en los términos pactados. Sin pacto expreso no hay actualización.
  • Pacto sin índice. Si el contrato prevé una actualización sin detallar el índice o la metodología, se aplica la variación anual del Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda (IRAV).
  • Tope en todo caso. El incremento no puede superar el que resulta de aplicar la variación del IRAV a la fecha de cada actualización, con el último índice publicado en esa fecha como mes de referencia.
  • Notificación por escrito. La renta actualizada se puede exigir desde el mes siguiente a la notificación por escrito con el porcentaje aplicado. El inquilino puede pedir la certificación del INE, y vale una nota en el recibo del mes anterior.

Según el INE, el IRAV se aplica a los contratos de alquiler de vivienda firmados después del 26 de mayo de 2023 y se define como el mínimo entre la variación anual del IPC, la del IPC subyacente y unas tasas medias ajustadas. Por eso puede quedar muy por debajo del IPC: en septiembre de 2026 fue del 2,54 %, frente al 4,9 % del IPC.

Esta calculadora no incluye el IRAV. Lo que sí te da es la referencia: cuánto habría subido una renta con el IPC, para compararlo con el tope. Una renta de vivienda de 900 € pasaría con el IPC de septiembre de 2025 a septiembre de 2026 a 944,24 €; con el IRAV de septiembre de 2026, a 922,86 € (900 × 1,0254, cuenta hecha a mano). Para aplicar un porcentaje publicado como el IRAV, usa la calculadora de porcentajes.

El apartado 1 del artículo 18 se modificó por última vez mediante el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, y estas reglas han cambiado varias veces en poco tiempo. Antes de aplicar o aceptar una subida, consulta el texto vigente en el BOE y, si tienes dudas, pregunta a una asociación de inquilinos, a un administrador de fincas o a un abogado. Esto no es asesoramiento jurídico.

Locales, oficinas y otras rentas entre particulares

Fuera de la vivienda, la ley deja mucho más margen. Según el artículo 4.3 de la LAU, los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, como un local, una oficina o una nave, se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto por el título III de la ley y, supletoriamente, por el Código Civil. El título III no regula la actualización de la renta, y el artículo 18, con el tope del IRAV, pertenece al título de la vivienda. Lo que cuenta es la cláusula: qué índice, qué meses, qué parte y cada cuánto tiempo.

Para los contratos entre particulares, la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española añade dos reglas en su artículo 7. Primera: la revisión periódica de las rentas de arrendamientos, las rentas vitalicias y otros valores monetarios solo procede si se ha pactado expresamente. Segunda: si el pacto no especifica el índice o la metodología, se aplica la tasa de variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que el INE publica cada mes. Esta calculadora no incluye el IGC, así que comprueba que tu contrato nombra el IPC antes de usarla.

Pensiones de alimentos y pensiones públicas

Pensión de alimentos y pensión compensatoria. El Código Civil pide que estas pensiones lleven una forma de actualización. El artículo 90 incluye en el convenio regulador la contribución a las cargas del matrimonio y los alimentos, «así como sus bases de actualización», y el artículo 97 exige que la resolución judicial o el convenio fijen, entre otras cosas, «las bases para actualizar la pensión» compensatoria. La ley no impone un índice: el índice, la fecha y la frecuencia los marca la sentencia o el convenio. Cuando remiten al IPC, esta calculadora hace la cuenta.

Un ejemplo: una sentencia fijó 400 € al mes con el IPC de diciembre de 2021 y prevé actualizar la pensión cada año con la variación interanual del IPC de diciembre. Tras las actualizaciones con los IPC de diciembre de 2022, 2023, 2024 y 2025, la pensión es de 461,47 €: +5,7 % el primer año, +3,1 % el segundo, +2,8 % el tercero y +2,9 % el cuarto. La pestaña Por años muestra cada escalón, y con el 100 % la cadena de actualizaciones anuales da lo mismo que una sola cuenta de diciembre de 2021 a diciembre de 2025.

Pensiones públicas. Las pensiones contributivas de la Seguridad Social no se actualizan con el cociente de dos meses. Según el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, se revalorizan al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual del IPC de los doce meses previos a diciembre del año anterior; si esa media fuera negativa, no varían. Es una media de doce tasas, así que esta calculadora no la reproduce. Puedes ver cada tasa interanual en la calculadora del IPC y hacer la media, pero la cifra que vale es la oficial.

Actualización parcial, topes y bajadas de precios

Actualización parcial. Una parte inferior al 100 % traslada solo una porción de la variación de los precios. Es un punto intermedio entre un importe fijo y una actualización completa: quien paga asume una parte del riesgo de inflación y quien cobra, el resto. La parte se escribe en la última fila. Con el 75 %, una variación del índice del 4,9 % se convierte en una actualización del 3,7 %.

Las actualizaciones anuales se encadenan. Una cláusula anual parte cada vez del importe que dejó la actualización anterior. Con el 100 %, los pasos intermedios se anulan: 2000 € actualizados en tres pasos anuales de septiembre de 2023 a septiembre de 2026 dan exactamente los mismos 2193,42 € que una sola actualización de todo el periodo. Con una parte o un tope, ya no. La tabla muestra tres pasos anuales con el IPC, cada uno calculado con esta calculadora desde el importe del año anterior; la columna del tope aplica a mano un máximo del 3 % a la variación de cada año.

PasoVariación del IPCActualización completa75 % cada añoTope del 3 %
Referencia, septiembre de 2023—2000,00 €2000,00 €2000,00 €
Septiembre de 2024+1,5 %2029,29 €2021,97 €2029,29 €
Septiembre de 2025+3,0 %2090,64 €2067,81 €2090,17 €
Septiembre de 2026+4,9 %2193,42 €2144,05 €2152,88 €

Una sola actualización al 75 % de septiembre de 2023 a septiembre de 2026 da 2145,06 €, algo más que los 2144,05 € de los tres pasos anuales. El tope actúa en los dos últimos años, en los que el índice subió más del 3 %, y deja el importe 40,54 € por debajo de la actualización completa. Un tope o un suelo se reproduce calculando cada año por separado y sustituyendo la variación aplicada por el tope cuando la supera. Cómo se acumulan los aumentos a lo largo de los años lo explica el artículo sobre el interés compuesto y el valor temporal del dinero.

Bajadas de precios. Si el índice baja, la calculadora muestra un importe menor y un aviso. No es frecuente, pero ocurre: de julio de 2008 a julio de 2009 el IPC bajó un 1,4 %, y de enero de 2014 a enero de 2015, un 1,3 %. Que el importe baje depende de la cláusula. Hay contratos que solo prevén subidas y otros que actualizan en los dos sentidos; en la vivienda, el artículo 18 permite actualizar la renta tanto al arrendador como al arrendatario.

Qué índice cita tu contrato y de dónde salen los datos

La cuenta solo encaja con tu contrato si este nombra el mismo índice. La tabla reúne los que aparecen en contratos y resoluciones en España.

ÍndiceQué esDónde apareceEn esta calculadora
IPC general nacional (INE)Precios de consumo de los hogares en EspañaLocales, rentas, pensiones de alimentosSí, España
IPCA (INE, método común de la UE)Inflación comparable en la UEComparaciones europeas, objetivo del BCENo
IRAV (INE)Índice de referencia para el alquiler de viviendaTope y índice por defecto del art. 18 LAUNo
IGC (INE)Índice de Garantía de CompetitividadPactos sin índice entre particulares, Ley 2/2015No
IPC de una comunidad o de un grupo de gastoPrecios de una región o de un tipo de gastoContratos que lo citan expresamenteNo
Índices nacionales de DE, FR, IT, EE. UU., UAHogares de cada paísContratos de esos paísesSí

IPC o IPCA. El índice de precios de consumo armonizado se calcula en toda la Unión Europea con reglas comunes, y con él mide el Banco Central Europeo su objetivo de inflación. Según el INE, la metodología del IPC nacional coincide en su mayor parte con la del IPCA; la diferencia está sobre todo en qué gasto cubre cada uno, por ejemplo el de los no residentes, que entra en el IPCA y no en el IPC. En septiembre de 2026 el IPC subió un 4,9 % y el IPCA, un 5,0 %. Si tu contrato nombra el IPCA, el resultado de esta calculadora es solo una aproximación.

De dónde salen los datos

Los datos de España proceden del servicio de datos abiertos del INE; las demás series, de cada oficina de estadística (la alemana, a través del Deutsche Bundesbank). La línea bajo la calculadora indica la fuente, la serie y la licencia, para España la CC BY 4.0. Los datos se actualizan tras cada publicación, así que el último mes puede ir uno o dos meses por detrás del calendario; con los datos actuales es septiembre de 2026 en todos los países. En enero de 2026 el INE pasó el IPC a la base 2025; un cambio de base reescribe la serie, pero el cociente entre dos meses de la misma base apenas varía.

Los mismos doce meses, de septiembre de 2025 a septiembre de 2026, muestran lo distinto que avanzan los índices nacionales:

PaísÍndiceVariación del índice1000 € o 1000 $ pasan a
EspañaIPC+4,9 %1049,16 €
AlemaniaVPI+3,3 %1032,63 €
FranciaIPC+3,1 %1030,80 €
ItaliaFOI sin tabaco+4,0 %1040,43 €
Estados UnidosCPI-U+3,7 %1037,38 $

Para Ucrania, el mismo periodo da +10,0 %: 10.000 grivnas pasan a 11.000,69. Elige el país cuyo índice cita tu contrato, normalmente el de la moneda en la que se paga.

La serie española empieza en enero de 2002, con el euro ya en efectivo. Si un importe antiguo se pactó en pesetas, conviértelo antes a euros con el cambio fijo de 166,386 pesetas por euro. Para Alemania, Francia e Italia, un mes de referencia anterior a 2002 muestra un aviso de moneda.

Ejemplos resueltos

Las cifras de abajo son resultados de la calculadora con datos hasta septiembre de 2026. Cuando haya datos más recientes, cambiarán el último mes y los importes.

Ejemplo 1: actualizar la renta de un local

Situación: Una oficina está alquilada por 1200 € al mes. El contrato se cumple cada 1 de octubre y dice que la renta se actualiza con la variación anual del IPC general nacional según el último índice publicado. La última actualización usó el índice de agosto de 2025.

Pasos:

  1. Dejar España e introducir 1200 como importe.
  2. Elegir agosto de 2025 como mes de referencia y agosto de 2026 como mes de actualización, porque el 1 de octubre el IPC de septiembre aún no se ha publicado.
  3. Dejar la parte en el 100 %.

Resultado: 1251,34 € al mes. Variación del índice +4,3 % (104,638 frente a 100,345), diferencia de importe +51,34 €, 12 meses. Si la cláusula aplicara el 75 %, serían 1238,50 €. Con septiembre a septiembre, que sería el caso si la actualización se hiciera después del 14 de octubre, la renta pasaría a 1258,99 €.

Conclusión: La fecha de actualización decide qué índice está publicado, y eso mueve el resultado más de 7 € al mes. En la carta conviene indicar los dos meses, el porcentaje aplicado y la nueva renta.

Ejemplo 2: actualización completa frente a parcial

Situación: Un local comercial se alquiló en enero de 2021 por 2000 € al mes. Una versión de la cláusula traslada toda la variación del IPC; otra, el 75 %. Se calcula a septiembre de 2026.

Pasos:

  1. Introducir 2000, mes de referencia enero de 2021, mes de actualización septiembre de 2026, parte 100 %.
  2. Pulsar «Fijar para comparar».
  3. Cambiar la parte al 75 % con el botón.

Resultado: Con el 100 %, 2547,79 €: variación del índice +27,4 %, diferencia de importe +547,79 €, 68 meses. Con el 75 %, 2410,84 €, variación aplicada +20,5 %, y la cifra principal muestra −136,95 € frente al resultado fijado. Por años muestra de dónde viene la subida: +6,5 % en 2021, +5,7 % en 2022 y +3,1 % en 2023.

Conclusión: En años de inflación alta, una cláusula del 75 % deja una cuarta parte de la subida en manos del arrendador: aquí casi 137 € al mes. Qué cláusula vale es cosa del contrato, no de la calculadora.

Ejemplo 3: cuando el índice baja

Situación: Una renta vitalicia de 800 € al mes está vinculada al IPC, con el índice de julio de 2008 como referencia, y se revisa con el de julio de 2009.

Pasos:

  1. Introducir 800, mes de referencia julio de 2008, mes de actualización julio de 2009, parte 100 %.
  2. Leer el aviso bajo los datos.
  3. Para comparar, escribir una parte del 75 %.

Resultado: 789,05 €. Variación del índice −1,4 % (72,520 frente a 73,526), diferencia de importe −10,95 €, 12 meses, y el aviso de que los precios han bajado. Por años muestra −0,8 % de julio a diciembre de 2008 y −0,5 % de diciembre de 2008 a julio de 2009. Con el 75 %, la variación aplicada es del −1,0 % y la renta, 791,79 €.

Conclusión: Que la renta baje lo decide la cláusula. Si solo prevé subidas, se queda en 800 €; si actualiza en los dos sentidos, baja casi 11 € al mes.

Actualización por IPC o calculadora del IPC: cuál usar

KrokFin tiene varias herramientas en torno a la inflación, y cada una responde a una pregunta distinta.

PreguntaHerramienta
¿Cuál es el importe tras una cláusula de actualización, completa o parcial?Esta calculadora de actualización por IPC
¿Cuánto han subido los precios entre dos meses y cuánto vale hoy una cantidad pasada?Calculadora del IPC
¿Qué podrá comprar una suma dentro de 10 o 20 años con una inflación prevista?Calculadora del impacto de la inflación
¿Cuánto es un porcentaje de una cifra, o cuánto ha cambiado en porcentaje?Calculadora de porcentajes

La calculadora del IPC usa los mismos índices, pero mira la variación de los precios en sí: dos formas de contar los meses, la inflación media anual y una tabla mensual. Úsala para ver cuánto vale hoy un sueldo de hace diez años.

La calculadora del impacto de la inflación mira hacia delante con la tasa que tú elijas, y la calculadora de porcentajes sirve para cualquier otra variación porcentual, como aplicar el IRAV o una subida fija pactada en lugar de un índice. Si una actualización encarece uno de tus gastos fijos, el planificador de presupuesto muestra cuánto margen te queda.

Errores frecuentes

Elegir mal los meses. El mes de referencia es el del índice de la última actualización, no el del primer pago, y el de actualización depende de qué índice estaba publicado en la fecha pactada. Un mes de diferencia cambia el resultado de forma visible.

Sumar porcentajes anuales. Las variaciones se acumulan unas sobre otras. Tres años con el 1,5 %, el 3,0 % y el 4,9 % no dan un 9,4 %, sino un 9,7 %, como muestra directamente el cociente de los dos índices.

Aplicar el IPC a un alquiler de vivienda sin mirar el tope. En la vivienda, la subida no puede superar la variación del IRAV, que puede quedar muy por debajo del IPC. La calculadora te da la cifra con el IPC, no el límite legal.

Actualizar sin pacto. Sin una cláusula expresa no hay actualización, ni en la vivienda ni, según la Ley 2/2015, en las rentas entre particulares.

Usar otro índice. Si el contrato nombra el IPCA, un IPC autonómico o el IGC, el IPC general nacional no sirve. Comprueba el nombre y el organismo en la cláusula.

Trasladar solo las subidas. Dejar el importe igual cuando el índice baja, si la cláusula actualiza en los dos sentidos, es un error de cálculo.

Límites y actualización de los datos

La calculadora aplica una fórmula: el cociente de dos valores mensuales, multiplicado por tu parte. No aplica topes, suelos, medias anuales ni reglas de redondeo, no comprueba si una cláusula es válida según la LAU, la Ley 2/2015 o lo que decida un juzgado, y no prevé índices más allá del último mes publicado. Para España ofrece solo el IPC general nacional, no el IPCA, el IRAV, el IGC ni los índices autonómicos.

El resultado no es asesoramiento jurídico, fiscal ni financiero, y no sustituye la cuenta que exija una ley, un juzgado o tu contrato. Ante un desacuerdo sobre una actualización, pueden ayudarte una asociación de inquilinos, un administrador de fincas, la oficina municipal de consumo o un abogado. Si tus ahorros no siguen el ritmo de los precios, los artículos sobre el fondo de emergencia y sobre riesgo y rentabilidad son un buen paso siguiente.

Preguntas frecuentes

Respuestas breves sobre cómo esta calculadora actualiza un importe con el IPC, cómo elegir los meses y la parte aplicada, qué ocurre con el alquiler de vivienda, los locales y las pensiones, y de dónde salen los datos del índice.

Divide el índice de precios de consumo del mes de actualización entre el del mes de referencia, que es como suelen definir la variación las cláusulas de actualización de los contratos. Después aplica la parte de esa variación que elijas: con el 100 % se traslada toda la variación y con el 75 %, solo tres cuartas partes. El importe actualizado es el importe inicial multiplicado por uno más la variación aplicada. También ves la variación del índice, la variación aplicada, la diferencia de importe y los meses entre ambas fechas. Todo se calcula en tu navegador y nada de lo que introduces se envía a ningún sitio.

Explora más herramientas